Jubilados en el extranjero tienen hasta el 31 de agosto para presentar certificado de supervivencia o perderán su pensión

Los pensionados del IMSS, ISSSTE e ISSFAM que viven fuera de México tienen como fecha límite el lunes 31 de agosto para acreditar su supervivencia. De no cumplir con este trámite, las instituciones de seguridad social procederán a dar de baja sus pagos a partir del mes de septiembre.

Esta medida tiene como objetivo asegurar que los recursos públicos se entreguen exclusivamente a los derechohabientes que se encuentran con vida, protegiendo el presupuesto de los organismos estatales. A diferencia de los adultos mayores que residen en territorio mexicano, quienes cuentan con un sistema de verificación automatizado mediante bases de datos, los jubilados en el extranjero deben realizar este proceso de forma obligatoria para evitar la suspensión de sus ingresos.

Reglas de las instituciones de seguridad social

Cada organismo cuenta con normativas específicas para aplicar la suspensión de los pagos en caso de omisión:

  • ISSFAM: De acuerdo con su reglamento, los haberes de retiro se suspenden si no se cumple con la revista de supervivencia.
  • ISSSTE: La falta de acreditación en las ventanas consulares durante los meses de julio y agosto derivará en una baja cautelar de los depósitos en el mes siguiente.
  • IMSS: El sistema bloquea la nómina de manera automática si el mecanismo de comprobación electrónica consular no registra la constancia tras un periodo de seis meses.

Requisitos para el trámite consular

Para evitar el corte de la nómina en septiembre, los beneficiarios deben acudir a la oficina consular más cercana antes de que termine agosto, presentando original y copia de:

  • Identificación: Credencial del IMSS, ISSSTE o Tarjeta de Filiación del ISSFAM; también se acepta pasaporte, matrícula consular o INE que incluya el número de seguridad social (NSS).
  • Comprobante de pago: El recibo o talón de pago más reciente emitido por la institución.
  • Fotografía: Una imagen reciente a color, de frente y tamaño credencial.

Si un jubilado ya ha sufrido la suspensión del depósito por no presentar el documento a tiempo, deberá regularizar su situación ante la representación consular. Una vez que se valide la fe de vida en el sistema, se reactivará el pago y se le entregarán los recursos que se le hayan retenido de forma retroactiva.

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