SCJN establece criterio para doble pensión del IMSS en casos de jubilación y viudez

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe otorgar la posibilidad de una doble pensión, lo que beneficiaría a adultos mayores que reúnan los requisitos para percibir tanto una pensión por jubilación como por viudez.

Naturaleza distinta de las prestaciones

El criterio judicial señala que las pensiones por jubilación y por viudez tienen una naturaleza jurídica diferente, por lo que no deberían excluirse mutuamente. Esto representa un cambio frente a la práctica anterior donde muchas veces los beneficiarios tenían que elegir una sola prestación.

El fallo de la Corte considera que la interpretación anterior del IMSS, que rechazaba solicitudes cuando la suma de montos superaba ciertos topes, limitaba indebidamente el derecho a la seguridad social.

Requisitos y proceso de solicitud

El beneficio no será otorgado de manera automática. El IMSS revisará cada expediente de forma individual, aplicando los límites previstos en la Ley del Seguro Social para asegurar la viabilidad financiera del sistema.

Entre los requisitos para acceder a la doble pensión se encuentran que la suma de ambas no exceda el tope máximo legal, que el beneficiario acredite legalmente el derecho a cada prestación, y que presente una solicitud formal de revisión ante el Instituto.

Para iniciar el trámite, los interesados deberán acudir al área de Pensiones de su Unidad de Medicina Familiar con identificación oficial, las resoluciones de pensión y documentación complementaria. El IMSS realizará análisis actuariales y administrativos antes de emitir una resolución.

Alcance y calendario de pagos

La medida beneficia principalmente a personas que cotizaron bajo la Ley del Seguro Social de 1973, aunque especialistas indican que aún se estudia su alcance para algunos casos contemplados en la Ley de 1997.

Por otro lado, el calendario oficial del IMSS establece que el pago de la pensión correspondiente a mayo de 2026 se realizará el lunes 1 de junio, primer día hábil del mes. Los pensionados podrán disponer del dinero mediante transferencia bancaria o en ventanilla.

Las autoridades recomiendan planificar la visita a sucursales bancarias debido a la alta demanda de los primeros días del mes. En caso de no recibir el depósito en la fecha programada, los beneficiarios pueden comunicarse al 800 623 23 23 (opción 3) o acudir a su Subdelegación o Unidad de Medicina Familiar para verificar el estatus del pago.

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